1.- Compañía organizadora
Las sociedad IBERIA L.A.E., S.A.OPERADORA, SOCIEDAD UNIPERSONAL (en adelante "IBERIA") tiene previsto realizar un concurso que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases. El citado concurso se denominará "#tweetiberia".
2.- Duración
La fecha de comienzo del concurso será el día 17 de octubre de 2011 y finalizará el 4 de noviembre de 2011.
3.- Finalidad
El concurso, que se realizará a través de la web www.tweetiberia.es tiene como finalidad la selección del tweet (mensaje escrito en la red social Twitter) más original de entre todos los participantes en el concurso con el objetivo de que el tweet ganador sea rotulado en el exterior de una aeronave de la flota de Iberia. Será así, en sentido figurado, el tweet más grande del mundo.
El premio para el ganador consistirá en que su tweet se rotule en el exterior de una aeronave de Iberia y un vuelo de largo radio para dos personas.
4.- Requisitos para participar
Podrán participar en el concurso todas aquellas personas físicas, mayores de edad, que sean seguidores de la cuenta de Iberia en la red social Twitter.
No podrán participar los empleados de IBERIA pertenecientes a la Dirección de Marketing ni las entidades colaboradoras que hayan tenido relación con este concurso ni sus familiares hasta 2º grado.
5.- Mecánica del concurso
Para participar en el concurso todos los participantes deberán acceder a la web www.tweetiberia.es y seguir los siguientes pasos:
6.- Selección de ganadores
Un equipo de IBERIA será el encargado de decidir, de forma inapelable, el tweet ganador de entre todas las propuestas recibidas en la aplicación y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
IBERIA se reserva el derecho de eliminar cualquier participación fraudulenta que se realice durante el concurso. El uso indebido del site supondrá la descalificación de la participación.
7.- Comunicación de los seleccionados
El premio será comunicado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización, a través de la cuenta de twitter utilizada para participar. Por tanto, recomendamos que para participar se utilice una cuenta de twitter activa y que el usuario consulte con frecuencia.
En el caso de que por cualquier circunstancia, el ganador no pudiese o no quisiese aceptar el premio en el plazo de 5 días naturales desde el momento de la comunicación, renunciasen al mismo o fuese imposible su localización transcurridos 5 días naturales desde la designación de los ganadores, IBERIA procederá a hacer una segunda selección.
8.- Descripción y entrega del premio
El premio consistirá en dos billetes i/v en clase turista para un vuelo de largo radio. Además, la compañía rotulará una de las aeronaves de su flota con el tweet ganador.
- Mediante un jurado interno, se seleccionará la propuesta más original y emotiva que se llevará el premio descrito en el punto 3 de las presentes bases. Los gastos derivados del viaje no correrán en ningún caso por cuenta de Iberia.
- Para poder optar al premio es necesario que el participante sea seguidor de la cuenta oficial de Iberia Airlines en Twitter: http://www.twitter.com/iberia
- Los ganadores deberán darnos sus (nombre, apellidos, email, teléfono, dirección y DNI) para poder contactar con ellos para la entrega del premio.
- El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador.
- El usuario premiado tendrá un plazo de un año para realizar el vuelo de largo radio desde el momento de comunicación del ganador.
- IBERIA se reserva el derecho de declarar desierto un premio si ninguno de los ganadores reclamara el premio dentro del plazo establecido en esta cláusula.
- El premio estará sujeto a épocas restrictivas.
- El premio será comunicado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización, a través de la cuenta de twitter utilizada para participar. Por tanto, recomendamos que para participar se utilice una cuenta activa y que el usuario consulte con frecuencia.
9.- Fiscalidad del premio:
A los premios de la presente promoción, les será aplicada la Ley 35/2006del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto nº 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento; el Real Decreto 1029/2007, de 20 de julio y el Real Decreto 41/2010, de 15 de enero, por el que se modifica el Estatuto de la Entidad Pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado aprobado por el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre; Real Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil IBERIA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente. Las demás repercusiones fiscales que para los agraciados tenga la concesión del premio serán por cuenta de los mismos.
10.- Exención de responsabilidad por mal funcionamiento de la red
IBERIA no se hace responsable del mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo del concurso por causas ajenas a la empresa y especialmente por actos externos de mala fe.
Tampoco será responsable IBERIA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
11.- Propiedad intelectual
Los participantes ceden expresamente a Iberia la totalidad de los derechos que pudieran derivarse por la grabación, exhibición, reproducción, distribución, comunicación pública o puesta a disposición de cualquier imagen, mobiliario, obra u objeto derivada de la reproducción del tweet ganador, renunciando al cobro de cualquier cantidad que pudieran devengarse por dichos conceptos.
A la aceptación del premio, el ganador otorgará su consentimiento a Iberia para la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de Iberia de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos siempre que estos se relacionen con el presente Concurso, sin reembolso de ningún tipo para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa.
El ganador también otorgará su consentimiento a Iberia para proceder a rotular su tweet en una aeronave de la flota de la compañía, sin que esto derive en ninguna compensación adicional.
Las partes reconocen que todos los materiales de producción y los derechos que recaigan sobre los contenidos de los mismos serán de la exclusiva y plena propiedad de Iberia.
12.- Aceptación de bases
La participación en la presente promoción supone la aceptación expresa e íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa a las decisiones interpretativas de las citada Base que pudiere efectuar IBERIA.
Los participantes aceptan, mediante su participación en el concurso, que sus nombres sean publicados en los diferentes medios sociales y de comunicación de IBERIA.
Cualquier pregunta, comentario o queja en relación con la promoción deberá remitirse a IBERIA a través de su perfil en Facebook http://www.facebook.com/iberia o Twitter http://twitter.com/#!/iberia
13.- Protección de datos
Para cumplir con lo dispuesto en el apartado anterior TINKLE se compromete a:
A ceder y transmitir a IBERIA todos los datos que sean facilitados por las participantes en el presente concurso mediante el servidor FTP seguro o medio de transmisión que garantice el mismo nivel de seguridad y que previamente haya sido acordado por IBERIA,
A no mantener un fichero con los datos personales suministrados por los participantes en el presente concurso una vez finalizado el mismo.
A mantener indemne a IBERIA frente a cualquier reclamación, procedimiento o expediente judicial, extrajudicial o administrativo que pueda ser interpuesto/a, iniciado o incoado contra los mismos por incumplimiento por de TINKLE de los compromisos aquí asumidos, o de la normativa aplicable en materia de protección de datos anteriormente citada. Como consecuencia de esta obligación, deberá indemnizar por todos los daños y perjuicios que dichas reclamaciones, procedimientos o expedientes les puedan ocasionar, incluyéndose en estos conceptos, a título meramente enunciativo y no limitativo, cualesquiera sanciones, multas, indemnizaciones, perjuicios, intereses, daños morales, de imagen o de cualquier tipo que pudiera sufrir como consecuencia de los mismos.
A permitir a IBERIA la realización de cuantas auditorías de seguridad estime oportunas para lo cual TINKLE deberá facilitar toda la información que le requiera IBERIA (código fuente) así como autorizar la realización de los "test de penetración" que Iberia considere necesarios. Dichos "test de penetración" se notificarán con la debida antelación y se realizaran en la fecha acordada por ambas partes. Asimismo, TINKLE se compromete a corregir, en el plazo que IBERIA determine, todas las vulnerabilidades detectadas en las auditorías y tests mencionados anteriormente.
14. Legislación aplicable
Esta promoción se rige por las leyes españolas. Cualquier diferencia o controversia que surgiere en relación con la misma, se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.